En el Estado de California la prostitución está catalogada como un delito, y por ende cualquier conducta ligada a dicho acto delictivo es severamente castigada de acuerdo al Código Penal.

No obstante, aunque se han hecho innumerables esfuerzos por parte de los distintos entes gubernamentales del Estado con el fin de disminuir dicha situación, este sigue siendo uno de los ilícitos que se observa con mayor frecuencia sobre todo en los vecindarios y que son mayormente procesados ante los tribunales, tal como es el caso donde un individuo es detenido por merodear una zona pública con el objeto de prostituirse, lo cual si bien es considerado como delito menor, es punible con una pena de encarcelamiento de hasta un año y/o el pago de hasta 1.000 dólares como multa.

Como puede entender esta es una situación sumamente relevante que en el supuesto de culminar en el dictamen de una sentencia de culpabilidad por parte de la Corte, puede manchar su expediente penal y perjudicar su vida tanto en la actualidad como en el futuro.

Por ende si se le acuso por Merodear Para Cometer Prostitución en Los Angeles, CA, debe tomar las acciones necesarias para proteger sus derechos, y la mejor manera de hacerlo es contratando los servicios de un abogado del bufete The LA Criminal Defense Law Firm, donde será atendido por un profesional que examinara minuciosamente su situación y se encargara de orientarlo y representarlo durante el desenvolvimiento del proceso judicial, mostrándole las alternativas de defensa disponibles, sus probables resultados y así mismo se ocupara de recaudar las pruebas suficientes para fundamentar su defensa.

¿De acuerdo a la ley de California que es merodear con el fin de cometer prostitución?

Es un delito incluido dentro de la clasificación de delitos sexuales, cuyo fundamento legal está estipulado en el apartado 653.22 perteneciente al Código Penal, el cual señala que es culpable del mismo todo aquel individuo que merodee un sitio público con la intención de prostituirse.

A tales efectos se entiende como “prostitución” al acto de formar parte de un evento de naturaleza sexual, a cambio de una remuneración o compensación.

Esta normativa legal es aplicable para castigar tanto a quien ofrezca una acto de prostitución, como a quien lo contrate (clientes), además un individuo puede enfrentar cargos por cometer este delito a pesar de no haber perpetrado el acto vinculado a la prostitución o haber sido detenido cuando ofrecía cometer dicho acto.

Por otro lado, también es importante mencionar que normalmente los agentes policiales suelen identificar a quienes ofrecen servicios de prostitución basándose en sus conductas, y en situaciones que evidencian de forma clara su intención de tentar, inducir o solicitar un evento de prostitución u obtener que otro lo cometa. Ejemplos de dicha conducta pueden ser hacer señas en reiteradas ocasiones, detener o establecer conversaciones con los transeúntes o conductores de vehículos, lo cual hace presumir la intención de ejecutar un ilícito de prostitución.

Son ejemplos de dicha situación los siguientes

  • Una dama que de noche por una calle de un extremo al otro, donde los negocios comerciales están cerrados en su totalidad, y se aproxima a varios autos cuyos conductores son todos del sexo masculino y establece conversaciones cortas
  • Una joven que se viste de forma exhibicionista, y se ubica en una parada de taxis durante un largo periodo de tiempo pero no toma ningún taxi, y saluda de forma insinuante a los conductores de varios autos.
  • Una joven menor de edad que camina durante la noche por una calle acompañada de una mujer que posee antecedentes penales por prostitución y observan detalladamente a los transeúntes y conductores que transitan dicha calle haciéndoles señas.

¿Qué elementos deben configurarse y probarse para que un individuo pueda ser castigado por violar la normativa 653.22 PC?

Existen tres elementos que la fiscalía debe demostrar que se configuraron, para que un Juez pueda dictar una sentencia condenatoria contra un individuo que enfrenta cargos por merodear una zona pública con fines de prostitución, los cuales serán explicados a continuación:

  • Que el acusado estaba merodeando
  • Que se encontraba en un sitio público.
  • Que la intención del acusado era prostituirse.

Los casos de este tipo, frecuentemente se fundamentan en pruebas circunstanciales para evidenciar que un individuo tenia claramente la pretensión de formar parte de una conducta de prostitución, en cuyo supuesto el fiscal debe demostrar que se configuraron los elementos que constituyen dicho delito, cuya falta de alguno de ellos dará lugar a que se desestimen los cargos.

Que el acusado estaba merodeando

A tales efectos el término merodear, se refiere a permanecer en un sitio o demorarse en el mismo sin tener para ello un fin legal y persiguiendo el objetivo de perpetrar un crimen en el supuesto de que se presente la oportunidad.

Por ende, un individuo no puede ser declarado culpable por merodear sí solo paso por un sitio, ya que la fiscalía debe demostrar que estuvo un prolongado periodo de tiempo en dicho lugar. Aunado a lo anterior, un individuo tampoco puede ser condenado por merodear con fines de prostitución si lograr que demostrar que tenía motivos para permanecer en ese sitio. Esto se debe a que un acto no puede ser catalogado como merodeo si fue ejecutado con fin legal, como por ejemplo esperar a alguna persona en un sitio específico o estar de paso por un sitio.

Que se encontraba en un sitio público

Para que un individuo pueda ser castigado bajo la normativa en estudio, el acto de merodeo con fines de prostitución debe llevarse de forma obligatoria en un sitio público.

A tal efecto, un sitió público es cualquier espacio abierto al público, es decir al cual tienen acceso las personas en general como por ejemplo una plaza, parque, callejón, camino o estacionamiento, así como los vehículos estacionados o en movimiento, los bares, clubes, cines, restaurantes, cines u otras edificaciones disponibles para el público y los terrenos próximos.

No obstante un individuo no puede ser declarado culpable por prostitución por una conducta que se llevó a cabo en un sitio privado, es decir de ingreso limitado o restringido, tal como lo es el caso de una fiesta celebrada en una casa privada.

Que la intención del acusado era prostituirse

Un individuo solo puede ser declarado por violar la normativa 653.22 PC, si la fiscalía logra establecer que su intención era llevar a cabo un acto de prostitución.

Como se mencionó anteriormente una acto de prostitución, se refiere a formar parte de una actividad sexual a cambio de algún tipo de compensación tal como dinero u otra forma de pago.

Esto excluye comportamientos sexuales que formen parte de alguna representación teatral, obras de teatro u otras formas de entretenimiento disponibles para el público de forma general tales como las presentaciones efectuadas en clubes de striptease.

¿Cómo puede demostrarse que una persona tenía como intención prostituirse?

Este es uno de los elementos más difíciles de demostrar, sin embargo existen varios parámetros que le permiten al Juez presumir que el mismo se configuró. Es imposible condenar a un individuo por merodeo con fines de prostitución, salvo que se haya demostrado su intención, la cual debe mostrar claramente que este tenía como fin solicitar un acto de prostitución o lograr que otro lo cometiera.

Entre las conductas que pueden dejar en evidencia que un individuo está merodeando una zona con el objeto de prostituirse están las siguientes:

  • Que un individuo haga señas constantemente, establezca conversaciones con algunos transeúntes, o intente detenerlos o establecer conversaciones con los mismos, de una forma tal que haga presumir que está solicitando un acto de prostitución.
  • Que un individuo detenga o intendente detener los vehículos, haciendo señas a las conductores, establezca conversaciones con los mismos o intente involucrarlos de forma tal que aparente que está solicitando una acto de prostitución.
  • Que un individuo rodee determinada área con vehículo y haga gestos, se comunique o intente comunicarse o detener a los transeúntes o conductores, de forma tal que parezca que está ofreciendo un acto de prostitución.
  • Que un individuo hay estado involucrado en alguna de las conductas mencionadas u otra que señale que está solicitando un evento de prostitución, durante el lapso de seis meses antes de ser detenido.
  • Que un individuo haya sido condenado por merodear con el objeto de prostituirse, por llevar a cabo un acto lascivo en público, por solicitar una conducta lasciva, por prostitución o por solicitar un acto de prostitución durante el lapso de 5 años anteriores.

No obstante dichas circunstancias no son determinantes, es decir, que no se exige que un individuo haya incurrido en las conductas mencionadas para que sea condenado por merodeo con fines de prostitución, dado que los jueces pueden tomar en cuenta diversos parámetros o factores para presumir la intención de alguien de prostituirse.

Alguno de esos parámetros es dar una fecha de nacimiento o nombre falso durante un interrogatorio efectuado por la policía o estar acompañado de una persona que tiene antecedentes criminales por prostitución.

Aunado a lo anterior, es importante señalar que el hecho de que un sospechoso tenga entre sus pertenencias unos condones no es una prueba suficiente que pueda ser usada por un agente de la policía para acusar a un individuo por merodeo con fines de prostitución.

Por otro lado, se debe señalar que estos actos demuestran la intención de un individuo de prostituirse, cuando son ejecutados en un lugar reconocido por desarrollarse alía conductas de prostitución.

Como podrá entender, existe una gran variedad de conductas que permiten a un Juez o jurado, presumir que un acusado efectivamente merodeo una zona con fines de prostitución y por ende dictar una condena en su contra, sin embargo al ser tan abierta esta posibilidad pueden darse situaciones en las que un inocente es acusado injustamente, lo que deja en evidencia la importancia de contar con la representación de un abogado que logre demostrar que su intención no era esa y así lograr que se retiren los cargos, puesto que al ser la intención un elemento constitutivo del delito, si no logra establecerse, que el acusado perseguía como objetivo merodear una zona publica con fines de prostituirse, es decir de obtener dinero a cambio de una acto sexual debe ser absuelto de los cargos.

Además es importante tener en cuenta que un individuo puede enfrentar cargos de esta índole incluso si no logra perpetrar el acto de prostitución o si fue detenido mientras ofrecía dicha conducta.

¿De acuerdo a la ley como se castiga la ejecución de un delito de esta índole?

En el Estado de California el merodeo de una zona publica con fines de prostitución, es considerado un delito menor, que acarrea la imposición de las siguientes penas:

  • Privación de libertad por el periodo de máximo seis meses, que debe cumplirse en una prisión perteneciente al condado.
  • Pago de una suma de máximo 1.000 dólares como multa.

Cabe destacar que si se trata de la primera incidencia de un individuo en un delito de esta categoría es probable que no sea puesto tras las rejas, sino que se imponga un régimen probatorio, lo cual dependerá del criterio del Juez cuando dicta su sentencia, para lo cual examinará los antecedentes criminales del acusado y los supuestos de hecho relacionados con el caso.

Además, si un individuo fue acusado por este delito en el área de Fresno, Sacramento o la Bahía de San Francisco, es probable que se dicte una orden de prohibición de tránsito en su contra, la cual prohíbe que un individuo utilice determinadas instalaciones de tránsito durante un tiempo específico. Sin embargo, un individuo debe ser notificado sobre esta medida (en caso de imponerse) y tener oportunidad de impugnar.

¿Pueden anularse los antecedentes criminales que se derivan de una condena por merodear con el objeto de prostituirse?

Si, este es considerado un delito menor y permite que un individuo opte a una anulación de antecedentes criminales, la cual es una excelente opción ya que permite a un individuo librarse de la mayoría de los efectos negativos que se derivan del dictamen de una sentencia. Esto resulta beneficioso sobre todo, cuando un condenado está optando a un trabajo, buscando una vivienda o solicitando una licencia profesional, dado que la mayoría de los empleadores, arrendadores y encargados de aprobar licencias profesionales, rechazan a los candidatos que poseen antecedentes penales al tildarlos como criminales y de esta forma no podrán acceder a la información relacionada con un arresto o enjuiciamiento bajo el apartado 653.22 PC.

Este proceso se inicia presentando una solicitud ante el Juez para que la misma sea revisada y posteriormente se dicte una decisión sobre su procedencia.

¿Qué pasa si un menor de 18 años es sorprendido merodeando con fines de prostitución?

Los individuos menores de edad, que se encuentren inmersos en este tipo de conductas ilegales, no serán procesados de acuerdo a lo establecido en el apartado 653.22 PC, sino que serán, puestos a disposición de la corte de menores para que sean enviados a un hogar de guarda y se tomen las medidas pertinentes.

¿Tiene inmunidad una persona si denuncia la comisión de una felonía?

Si, esto desde el curso del año 2020, cuando se estableció que las personas tienen inmunidad de ser procesadas por merodeo con fines de prostitución, crímenes menores relacionados con drogas, prostitución o solicitud de prostitución, crear o sostener alguna molestia publica o formar parte de alguna conducta lasciva siempre y cuando denuncien alguna de las siguientes felonías ante la policía:

Delito

Fundamento jurídico PC

Cualquier felonía

 

Asalto con armas mortales

Apartado 245 (a) (1)

Asalto con armas de fuego

Apartado 245 (a) (2)

Asalto a través de medios que pueden causar lesiones corporales graves

Apartado 245 (a) (4)

Trata de personas

Apartado 236.1

Agresión sexual

Apartado 243.4 PC

Asecho

Apartado 646.9 PC

Violencia doméstica que ocasiones lesiones corporales

Apartado 275.5

Extorsión

Apartado 518

Nota: El objeto perseguido por el Estado al ofrecer esta inmunidad es incentivar a los individuos que se dedican a trabajos sexuales a denunciar la comisión de felonías sin sentir miedo de ser castigados de igual forma.

¿Existen defensas legales para estos casos?

Si, un individuo siempre va tener el derecho reconocido por la ley de defenderse de las acusaciones formuladas en su contra, para lo cual existen una serie de alegatos y estrategias que pueden utilizarse con tal fin, sin embargo cada uno cuenta con características y esencia propia que van a surtir efecto de acuerdo a las características específicas de cada caso y sus consecuencias, lo cual evidencia claramente la importancia de estar acompañado durante el procedimiento judicial de un abogado experto en materia penal que estudie la situación y se encargue de orientar al acusado con el objeto de establecer una defensa idea que garantice la obtención de una sentencia favorable que culmine en la absolución o disminución de los cargos, para lograr que el acusado quede libre por completo de toda responsabilidad penal o al menos sea castigado de una forma menos severa.

Los alegatos de uso común para desvirtuar cargos de esta índole son:

  • El acusado no tenía como intención perpetrar un acto de prostitución.
  • El acusado fue víctima de entrampamiento policial.
  • Registro ilegal

El acusado no tenía como intención perpetrar un acto de prostitución

Esta es una de las estrategias de defensa más utilizadas para estos casos, puesto que frecuentemente las autoridades se basan en elementos apresurados para establecer que un individuos se está dedicando a la prostitución, como por ejemplo pasar mucho tiempo en determinado lugar o usar vestimenta provocativa.

Debe tenerse en cuenta que uno de los elementos constituidos de un delito de esta categoría, es que la fiscalía debe demostrar la intención del acusado de merodear una zona con el fin de prostituirse, por ende si dicha intención no logra establecerse el acusado debe ser absuelto de los cargos presentados en su contra, a tales efectos la acción del abogado defensor debe estar dirigida a recolectar los medios necesarios que deje en evidencia que el acusado no perseguía un propósito ilegal y que no hay pruebas suficientes que determinen de forma clara su presencia en un lugar con el objeto de prostituirse, como lo es por ejemplo que haya dado su verdadera identidad cuando la policía lo investigó.

El acusado fue víctima de entrampamiento policial

Esto ocurre frecuentemente cuando los oficiales encargados del arresto, provocan a un individuo para que cometa un acto ilícito, que de no haber sido por dicha provocación no hubiera sucedido. En tal sentido si una persona fue víctima de un entrampamiento policial no debe responder penalmente por violar la normativa 653.22 PC, no obstante probar esta circunstancia no es una tarea fácil y debe estar en manos de un abogado calificado que logre recaudar las pruebas que evidencien que la intención de su representado no era perpetrar un crimen y que dicha situación no hubiera acontecido de no haber sido por la conducta incitadora de los agentes policiales

Registro ilegal

Esta estrategia de defensa puede utilizarse cuando los agentes de la policía realizan un registro del automóvil del acusado sin poseer para ello una orden judicial válida, lo que podría dar lugar a que la prueba obtenida en razón de dicha requisa, no sea tomada en cuenta por haber sido recolectada a través de procedimientos ilegales

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Si fue acusado por Merodear Para Cometer Prostitución en Los Angeles, CA, esta es una situación que si no es atendida a tiempo puede acarrearle tener que pasar un tiempo tras las rejas o tener que llevar a cabo el pago de multas, sin embargo esta es un situación que puede ayudarle a solventar un abogado del bufete The LA Criminal Defense Law Firm, quien puede encargarse de guiarlo y representarlo en este difícil proceso, luchando insanablemente por resguardar sus derechos y su seguridad, para lo cual hará su mayor esfuerzo por ubicar los medios probatorios que convenzan tanto al Juez como al jurado de que usted es inocente u obtener le imposición de sanciones más flexibles, solo debe ponerse en contacto a través de la línea telefónica 310-935-1675 y pedir que se le aparta una cita para empezar a recibir asesoramiento de un experto.