El Código Penal de California tipifica en sus estatutos varios delitos de hurto, entre ellos el allanamiento de morada, y este a su vez se divide en varias formas en las que se comete dicho delito y entre los cuales se encuentra el robo de caja fuerte.
Las leyes sobre delitos de robos prevén fuertes castigos para quienes los cometan, pero robar una caja fuerte es un delito especialmente grave que podría enfrentarlo al pago de fuertes multas muy onerosas y a un largo tiempo en prisión que puede imponerse por hasta 7 años. De allí que no debe tomarse los cargos a la ligera, sino más bien asesorarse legalmente y hacerlo pronto.
En The LA Criminal Defense Law Firm contamos con abogados en Los Angeles con la suficiente experiencia en defensa criminal y delitos de hurto dispuestos a evaluar su caso y preparar las estrategias de defensa adecuadas. Mientras nos contacta, esperamos que pueda continuar leyendo hasta el final nuestro artículo para comprender a que se enfrenta de ser declarado culpable de este delito.
¿Qué ley tipifica este delito? y ¿Qué establece dicha ley?
Robar una caja fuerte está tipificado como delito en el Código Penal del estado de California, más concretamente en el artículo 464, y establece que, cualquier persona que, con la intención de cometer un delito, ingrese, ya sea de día o de noche, a cualquier edificio, habitado o no, y abra o intente abrir cualquier bóveda, caja fuerte u otro lugar seguro mediante el uso de sopletes, un arco eléctrico, barras en llamas, lanza térmica, lanza de oxígeno o cualquier otro dispositivo similar capaz de quemar acero, sustancias sólidas, o mediante el uso de nitroglicerina, dinamita, pólvora o cualquier otro explosivo, es culpable de un delito grave.
Además, dicha normativa legal también establece cuales son las sanciones aplicables a quien cometa este delito, sin embargo, ello lo estaremos abordando más adelante en el apartado de las consecuencias legales.
Por ahora, lo que debemos destacar de lo señalado por el 464 PC es que, en primer lugar, no es relevante a los efectos de la ley si usted ingresa al edificio a escondidas o estando personas dentro, ni tampoco si es de día o de noche, independientemente de ello, si se cumplen todos los supuestos que la ley prevé, puede ser castigado por la corte.
En segundo lugar, se debe mencionar también que este es un delito que, aunque es separado e individual, es uno de los tipos del delito de allanamiento de morada, el cual está establecido en el artículo 459 PC, por lo que es necesario que analicemos este artículo a fin de comprender de mejor manera los aspectos legales del delito robo de cajas fuertes.
Un análisis general de allanamiento de morada o robo según las leyes de California
De acuerdo con lo establecido en el artículo 459 PC, una persona comete allanamiento de morada cuando ingresa a una estructura (comercial, residencial o auto cerrado) con la intención de cometer un hurto menor o mayor o un delito grave que puede ser una violación, asesinato y otros, es decir, no se refiere únicamente al robo.
Lo importante sobre el allanamiento de morada en relación con el delito al que refiere el artículo 464 PC es que, en primer lugar, se considera que una persona “ingresó” a la estructura cuando alguna parte de su cuerpo o un objeto en control de este traspase los límites exteriores de dicha estructura, de modo que, se entiende que usted ingresó tanto cuando pasa una mano por la ventana de una residencia, como cuando en vez de la mano lanza un bolso hacia adentro de la residencia, por dar algunos ejemplos.
Y en segundo lugar, véase como la ley dice “ingresar a una estructura con la intención de cometer un hurto o delito grave” y no “ingresar a la estructura y cometer el hurto o delito grave”, lo que quiere decir que, consumar el hurto o el delito grave no es un requisito para que se configure el delito de allanamiento de morada, siendo suficiente con el hecho de que se ingrese con la simple intención para que lo condenen.
Ahora bien, dado que el robo de caja fuerte es uno de los tipos de allanamiento de morada, el término “ingreso” se interpreta de la misma manera, así como también es un aspecto común entre ambos hechos punibles que el solo ingreso con la intención de abrir una bóveda o caja fuerte constituye un delito aun cuando no se haya materializado el robo.
¿Qué elementos del delito configuran este hecho punible?
Antes de responder esa pregunta, es importante que tenga el contexto de lo que estamos a punto de abordar para facilitar la mejor comprensión del tema, y a tales fines es preciso definir primero lo que se entiende como “elementos del crimen”
En ese sentido, los elementos del crimen son los supuestos o circunstancias bajo las cuales la ley considera que se cometió el delito, y por tanto, también son los hechos que debe probar la parte acusadora en el juicio para que se profiera una sentencia condenatoria, de modo que, si no se prueba la concurrencia de dichos elementos, el delito simplemente no se tiene como configurado y el caso se desestima.
Ahora bien, cada delito tipificado en las leyes de California tiene sus elementos que le configuran, y en el caso del robo de cajas fuertes o bóvedas, los elementos son los siguientes:
- El acusado ingresó al edificio
- Intención premeditada
- Estando en el edificio intentó abrir o abrió una caja fuerte, bóveda u otro lugar seguro
- Se valió de una antorcha o explosivos
En las siguientes líneas explicamos los aspectos legales importantes sobre estos elementos.
El acusado ingresó al edificio
Como lo mencionamos en líneas anteriores, para que este elemento se tenga como satisfecho únicamente se requiere que una parte del cuerpo u objeto en control del acusado traspase los límites del exterior de la edificación. Este elemento es esencial porque se requiere que la persona, antes de intentar abrir la bóveda o caja fuerte, haya ingresado a una edificación, si la bóveda estaba fuera, si bien abrirla constituirá un delito, no constituye este hecho punible en específico.
Otro punto importante que se debe mencionar sobre este elemento es que, como la propia ley lo menciona, no es relevante para que se configure el delito si la edificación estaba siendo o no habitada, ni si era de día o de noche, mientras se cumpla este elemento en conjunto con los demás, el delito se tendrá por configurado.
Intención premeditada
Sobre el elemento de la intención, hay dos aspectos legales importantes que se deben abordar. El primero de ellos es que es suficiente la sola intención de abrir la caja fuerte o la bóveda para que se configure el delito, no siendo relevante que el robo se haya materializado en sí. Es decir que, si algo impidió que usted abriera la caja fuerte, bien porque lo descubrieron, bien porque se quedó atascado en la ventana por la cual intentó entrar o porque tuvo que huir antes de siquiera empezar a abrir la bóveda, igualmente al ingresar con la intención de concretar el robo se configuró el delito al que nos estamos refiriendo.
El segundo aspecto, es que la intención requiere haber sido premeditada, es decir, antes de ingresar a la edificación, ya usted tenía pensado que quería abrir la caja fuerte.
Estando en el edificio intentó abrir o abrió una caja fuerte, bóveda u otro lugar seguro
Este delito, a pesar de que se trata de una forma de allanamiento de morada, es más específico y concreto que es, por cuanto penaliza es que se haya abierto o intentado abrir una caja fuerte, bóveda o cualquier otro lugar seguro como lo indica la ley.
Se valió de una antorcha o explosivos
La ley requiere que el acusado haya intentado abrir o abra la bóveda, caja fuerte o el lugar seguro valiéndose de antorchas o explosivos, entre los cuales menciona se pueden incluir los siguientes: sopletes, arcos eléctricos, barras en llamas, lanza térmica, lanza de oxígeno, mediante el uso de nitroglicerina, dinamita, pólvora o cualquier otro dispositivo o explosivo similar capaz de quemar acero.
Ahora bien, sobre este elemento, es importante mencionar que las leyes de California también prevén delitos relacionados con la posesión de dispositivos destructivos o explosivos y la posesión de herramientas de robo, ambos tipificados en el código penal, más concretamente en los artículos 18710 PC y 466 PC, por lo que es necesario conocer qué establecen estas normativas al respecto.
¿Es ilegal en California poseer dispositivos explosivos y herramientas?
Poseer un dispositivo explosivo es ilegal en California según el artículo 18710 PC, el cual establece que cualquier persona, empresa o corporación que, dentro de este estado, posea cualquier dispositivo destructivo o explosivo, que no sea munición fija de un calibre superior al calibre 60, es culpable de un delito público. Dicha ley incluye como “dispositivos explosivos” las bombas, granadas, misiles explosivos, proyectiles que contienen material incendiario y ciertos tipos de cohetes o proyectiles propulsados por cohetes.
De acuerdo con lo anterior, el solo hecho de poseer dispositivos explosivos se tiene como un delito, y por el cual podría ser acusado además de o en lugar de el delito de robar una caja fuerte.
Ahora bien, este delito al ser individual y separado tiene sanciones diferentes. Según la ley que lo prevé, este delito es un “wobbler”, lo que significa que se puede presentar cargos como un delito menor o uno grave, a diferencia del de robar una caja fuerte que siempre es un delito grave. En caso de que se presenten cargos por un hecho punible menor, las sanciones previstas son:
- Hasta 1 año de cárcel, y/o
- Pagar $1.000 en multa
Y por un delito grave, las sanciones potenciales son:
- De 16 meses a 3 años en una prisión estatal y/o
- Pagar $10.000 en multa
Es decir que, aunque se trate de la sola posesión de estos dispositivos explosivos, las sanciones ya de por sí son bastante rigurosas.
Por su parte, poseer herramientas puede llegar o no a constituir un delito, es decir, como tal no es ilegal, pero se vuelve un ilícito cuando se prueba que usted poseía dichas herramientas con la intención de romper o entrar en cualquier estructura. Tal hecho está tipificado en el artículo 466 PC y constituye un delito menor castigado con hasta 6 meses de cárcel y hasta $1.000 en multa.
Hay que tener en cuenta que “herramientas de robo” puede incluir básicamente cualquier cosa, incluyendo herramientas como ganzúas, palancas, y destornilladores, sin ser estos limitativos de otros que también se incluyen.
Ahora bien, ya vimos estos dos delitos y sus sanciones, pero cuáles son las consecuencias que se derivan entonces del robo de cajas fuertes ¿son menos o más severas que las que contemplan estos dos crímenes? Ello lo vamos a ver en el siguiente apartado
¿A qué sanciones me enfrentaré si me declaran culpable de robo de caja fuerte?
Como lo mencionamos en líneas anteriores, la ley que regula este hecho punible lo contempla como un delito grave, por ende, sus consecuencias son realmente muy severas. De acuerdo con los que establece el artículo 464 PC, este delito se puede castigar potencialmente de la siguiente forma:
- Libertad condicional por un delito grave o formal,
- Entre 3 y 7 años de prisión, y/o
- Pagar hasta $10.000 por concepto de multa
A fin de aclarar cualquier duda que pueda surgir, es importante precisar que la libertad condicional o probación formal es la más estricta de todas, pues usted no solo tendrá que cumplir con las condiciones y términos ordenados por el juez de la causa, sino que también se preverá que usted se presente regularmente con un oficial de libertad condicional que velará porque usted esté cumplimiento con todas las condiciones impuestas.
Ante el evento de que le otorguen libertad condicional, es muy importante que usted cumpla con todas la medidas y condiciones que ordenó el juez, porque de no ser así se puede emitir una orden de aprehensión en su contra, revocarle su libertad condicional y una vez aprehendido por las autoridades, el juez podría ordenar que termine de cumplir su sentencia en prisión.
Evidentemente una acusación por este delito es algo muy serio, pues como pudo ver, las consecuencias legales a las que se enfrenta son muy duras, pero su situación legal puede volverse más delicada si es un no ciudadano, dado a que una condena por el 464 PC da lugar a que un juez ordene su deportación o su inadmisibilidad de acuerdo con las leyes federales de inmigración.
Tenga en cuenta que cuando un delito se subsume dentro de una de las categorías de delitos “deportables” según la Ley de Inmigración y Nacionalidad Federal, no es un impedimento para su deportación que usted tenga hijos dependientes nacidos en Estados Unidos, su estatus migratorio en el país esté legal, tenga muchas propiedades o haya vivido por mucho tiempo en EE.UU, ya que independientemente de que se den todas esas circunstancias juntas, una deportación sigue siendo viable legalmente, lo que significa que el juez podrá ordenarla.
Otra consecuencia legal por este delito es que una condena podría hacer que le revoquen ciertos derechos como el derecho al voto.
¿Cómo debo actuar si me arrestan por este delito?
Muchos se realizan esta pregunta, no solo en el evento de ser arrestado por este delito en específico, sino que en general por cualquier hecho punible, pues en estos escenarios es muy normal sentirse abrumado y pensar en cuál es el correcto accionar. Es por ello que, que consideramos necesario realizar una serie de recomendaciones para que sepa cómo actuar ante un arresto:
- Ampararse en su derecho a permanecer en silencio. El derecho a permanecer en silencio es algo que comúnmente escuchamos en las películas, pero al que pocas veces prestamos atención, y resulta que es la acción más inteligente en el evento de un arresto, ¿por qué? porque sus dichos tienen efectos legales por más mínimos e inocentes que parezcan y las autoridades frecuentemente están buscando que usted se auto incrimine con estos. Por ello, es importante que no responda ningún tipo de pregunta ni haga afirmaciones o diga cosas porque, aunque pueda parecerle insignificante, podría estar reduciendo su número de defensas, y no es una situación de que es la palabra de los oficiales contra la suya, porque el acta policial y el testimonio de estos tiene un peso importante en la evidencia que se vaya a emplear en su contra. Nuestra recomendación es que todo el tiempo les comunique a los oficiales “no respondo preguntas”
- No se resista al arresto. Eso agrega más complicaciones a su caso porque podría añadirle una acusación por resistirse al arresto, y no le beneficiará en nada.
- Observe a su alrededor ¿hay cámaras de seguridad? ¿en qué lugar lo arrestaron? Y también observe y guarde en su memoria todo lo que le dijeron los oficiales para justificar su detención y la conducta que manejaron. Si hay alguna violación de derechos ello podría incluso terminar desestimado el caso.
- Llame inmediatamente a un abogado para que lo asista y lo asesore legalmente. Este es el paso más importante pues, mientras más tiempo pase sin un abogado, más puede agravarse su situación y sus opciones pueden irse agotando.
¿Cómo puedo defenderme de estas acusaciones?
Es muy importante que se asesore legalmente con un abogado para que sea este quien determine, de acuerdo con las especificaciones y detalles de su caso, cómo defenderse pues, una defensa no es algo que pueda aplicarse de manera ligera, todo lo contrario, necesita de una evaluación técnica de aspectos como: leyes aplicables al caso, la evidencia en su contra, las pruebas a favor, los criterios judiciales de otros jueces en casos similares, entre otros. De allí que se llamen estrategias de defensa, porque deben aplicarse de manera estratégica.
Luego de la evaluación del caso, su abogado de defensa criminal puede decirle qué defensas pueden resultar más favorables para su escenario legal, si este es muy complicado puede intentar llegar a un acuerdo con la fiscalía, no necesariamente debe ir a prisión, es posible que su abogado pueda hacer que el juez le otorgue libertad condicional, y si es posible luchar los cargos para lograr su desestimación hay muchas defensas que puede emplear, por ejemplo:
- Falta de intención. Esta es una de las defensas que comúnmente se emplea con mayor frecuencia, porque es uno de los elementos en los que la parte acusadora se cae en intentar probar.
- Evidencia insuficiente. Por su parte, la defensa de evidencia insuficiente no se trata de alegar la falta de pruebas, sino señalar al juez que las que hay no son suficientes para condenarlo.
Hablar con un abogado que conozca las leyes de hurto cerca de mí
Una acusación por este delito es algo muy serio, pues se trata de un crimen grave cuya condena podría enfrentarlo a consecuencias legales devastadoras, y en virtud de ello, es muy importante tomar ventaja sobre su contraparte y contratar los servicio de un abogado penalista calificado en defensa criminal y hacerlo cuanto antes pues, aunque ya lo hemos mencionado en veces anteriores, es oportuno hacer nuevamente hincapié en que, mientras más tiempo pase sin una representación legal adecuada, menos son sus posibilidades legales.
Sepa que la complejidad de su escenario legal no es relevante para contratar a un buen abogado, porque independientemente de que haya o no muchas pruebas en su contra, muchas veces una buena estrategia de defensa tiene mayor peso y podría ayudar a reducir de manera significativa sus consecuencias legales e incluso desestimar los cargos en su totalidad.
Si enfrenta acusaciones por robo de caja fuerte en Los Angeles, comuníquese con The LA Criminal Defense Law Firm para que un abogado de nuestro equipo evalúe su caso en concreto y determine una estrategia a seguir. Agende su cita con nuestro equipo legal llamando al 310-935-1675, estamos disponibles para usted las veinticuatro horas del día los siete días de la semana.