¿Sabía que puede ser objeto de sanciones penales y civiles por tener relaciones sexuales con un menor de 18 años aun cuando la misma fuere consensuada? La mayoría de las personas que acuden a nosotros no sabían que sus acciones podrían acarrear cargos por Estupro. Esto tiene su fundamento en que la edad legal para dar consentimiento en California es a partir de los 18 años, ya que con menor edad a la antes indicada, la persona es incapaz ante la ley para consentir actos sexuales.
Contrario a lo que se piensa, muchas de las personas que son procesadas por este cargo no son pedófilos o pederastas, ya que en la mayoría de los casos se trata de jóvenes que mantienen noviazgos con menores de entre 15 y 17 años. Por ejemplo, el escenario donde un adolescente de 18 años tiene relaciones sexuales con una joven de 17 años de edad puede dar lugar a enfrentar sanciones severas por este delito.
Por ello, si usted está enfrentando acusaciones por Estupro, es importante que tome la acción cuando antes de contactar un abogado para empezar a trabajar en el caso y establecer las defensas más adecuadas al mismo. Si está en Los Angeles póngase en contacto con un abogado que tenga conocimientos y experiencia en delitos de esta índole. Acuda a The LA Criminal Defense Law Firm para obtener la ayuda legal que necesita.
¿Cuándo se configura el Estupro?
El Código Penal de California en su disposición 261.5 prevé un delito tener relaciones sexuales ilícitas con un menor de 18 años, siempre que el acusado no esté casado con la víctima e independientemente que el sexo haya sido consensuado o incluso iniciado por el menor.
Bajo lo estatuido por la antes dicha norma, este hecho punible tiene varios aspectos legales que se deben precisar para tener una mayor compresión sobre el delito y se puedan determinar los supuestos que lo configuran.
En ese sentido, uno de los aspectos legales más relevantes y que comúnmente causan asombro en nuestros clientes, es que el delito puede imputarse a cualquier persona que mantenga relaciones sexuales con un menor de edad, incluso si el propio acusado es un menor. Aquí ponemos el caso en específico de dos menores de edad que tienen una relación de noviazgo, ambos pudieran ser procesados por un cargo de este tipo.
Otro aspecto legal que vale la pena precisar es que este delito excluye a los menores emancipados. Y ¿qué es la emancipación? Se trata de un mecanismo legal que permite a un menor salir de la potestad de sus padres o tutores. Esto usualmente sucede cuando conciben matrimonio, en cuyo caso mamá y papá ya no tienen la tutela. Por ello la norma refiere la excepción de que quien incurra en tal acción sea el cónyuge del menor.
Así mismo, otro aspecto importante a señalar es que en el hecho punible objeto de análisis no es relevante que el menor haya consensuado el acto sexual, ya que como lo referimos anteriormente, la edad legal de consentimiento en California es a partir de los 18 años, por lo que un menor siempre será incapaz para dar su consentimiento (a menos que sea emancipado y se trate de su cónyuge como ya se explicó). Sin embargo, se hace necesario precisar que, además de los actos sexuales consentidos por menores o incentivados por estos, el hecho punible al que referimos también incluye escenarios donde el acusado se haya valido de la fuerza o amenaza de emplearla para perpetrar tal acción.
Siguiendo con los aspectos legales, y en relación al acto sexual al que refiere la normativa, debemos señalar que cualquier penetración, por más mínima que sea, da lugar a una condena por este delito, de manera que, si la persona es encontrada en el acto sexual, aunque apenas estuviere iniciado, se corre el riesgo de enfrentar cargos por Estupro.
Y por último, otro tema que debemos tocar es la edad del menor, sobre ello es importante que mencionemos dos aspectos legales a saber; el primero es que dependiendo de la edad del menor la situación del acusado se vuelve más compleja, y la segunda; es que la ley es bastante estricta en su aplicación al considerar ejecutado el delito incluso un minuto antes de cumplir los 18 años.
Dicho lo anterior, de los aspectos legales antes especificados, se pueden deducir los supuestos que configuran el delito en los siguientes:
- Que el acusado haya penetrado al menor (independientemente de que el acusado también se trate de un menor, pero con excepción de que sea su cónyuge)
- Y que en efecto la presunta víctima sea un menor de 18 años.
¿De qué trata la Ley de Romeo y Julieta?
La ley de Romeo y Julieta es una normativa aplicable en algunos Estados del país que protege a individuos para que no sean acusados por el delito de Estupro bajo casos específicos, esto es cuando:
- Dos menores sostengan una relación sentimental y hayan mantenido relaciones sexuales; o
- Un adulto y un menor que no se lleven una diferencia de edad considerable tengan una relación sentimental y hayan mantenido relaciones sexuales
Sin embargo, es importante que usted sepa que la mencionada ley NO es aplicable en el Estado de California. Por tal razón, no es una defensa alegar la existencia de una relación sentimental entre el acusado y el menor, o entre los dos menores de edad.
¿Qué sanciones son aplicables por la comisión de este delito?
Las sanciones pueden ser:
- Penales, o
- Civiles
Sanciones Penales
Dado que el hecho punible al que nos referimos se trata de un crimen sexual y que además involucra menores de edad, las sanciones que se aplican por su comisión son bastantes severas. No obstante, la rigurosidad de las condenas que puede prever una sentencia dependerán de los detalles específicos de cada caso en concreto, observándose la edad de los involucrados, si el acusado tiene antecedentes penales y las circunstancias bajo la cuales se cometió el hecho, ya que este delito se considera un “wobbler” lo que significa que el Fiscal puede imputar el cargo por delito menor o grave (que se tambalea entre ambas calificaciones).
En ese sentido, la ley prevé algunas reglas para la calificación del delito las cuales se mencionan a continuación:
- Si las personas involucradas en el acto sexual se llevan hasta 3 años de diferencia en edad, el delito se calificará como menor.
- Si la diferencia de edad entre los involucrados excede de 3 años, el hecho punible puede calificarse como menor o grave a consideración del Fiscal.
- Y si el presunto autor tiene 21 años o más y la víctima es un adolescente que tiene menos de 16 años el delito también se podría calificar como menor o grave según considere el Fiscal.
En los casos donde la calificación del hecho se somete a la consideración del Fiscal, este deberá observar las circunstancias en la que ocurrió el delito y si el acusado posee antecedentes penales o no. Así por ejemplo, si el acusado posee antecedentes penales, el delito puede calificarse como grave.
Ahora bien, como habrá intuido, las sanciones por un cargo de Estupro calificado como un delito menor son menos severas, sin embargo, incluye la pena de prisión por hasta 1 año, libertad condicional sumaria, y/o tener que pagar $1.000 por concepto de multas.
En Contraposición, si el delito se califica como grave, las sanciones son más rigurosas e incluyen las siguientes: prisión por un periodo que oscila entre 16 meses y 3 años. Pero si el acusado tiene 21 años o más y la víctima es menor de 16 la condena puede ser de máximo de 4 años, libertad condicional formal, y/o multa cuyo valor no exceda de hasta $10.000.
Sanciones Civiles
Además de la acción penal, este delito también puede ser demandado a través del proceso judicial civil el cual prevé sanciones adicionales que comprenden el pago de multas según las siguientes reglas:
- Si la diferencia de edad entre el acusado y la víctima es menor a 2 años se impone pagar una multa cuyo valor no exceda de $2.000.
- Si la diferencia de edad entre el acusado y la víctima es de al menos 2 años, la imposición de multa podría llegar hasta $5.000.
- Si la diferencia de edad entre el acusado y la víctima es de por lo menos 3 años, la multa no podrá exceder de $10.000.
- Pero si el adolescente tiene menos de 16 años y el acusado tiene más de 21 años, la multa a pagar podría llegar a ser de $25.000.
¿Si soy condenado por este hecho punible debo registrarme como delincuente sexual?
Antes de desarrollar este subtema, es necesario que nos pongamos en contexto de lo que trata este registro y cuáles son las consecuencias que se derivan de este.
El registro de delincuencia sexual tiene lugar cuando el delito se cometió por un impulso sexual y para satisfacer tal deseo, en cuyo caso el Juez ordena que el condenado se registre en una lista pública bajo la denominación de “delincuente sexual” a la que puede acceder cualquier individuo y con ello verificar los antecedentes criminales que dieron lugar a tal registro. Esto trae consecuencias colaterales a la vida y reputación del condenado, pudiendo afectar sus relaciones personales y complicar la búsqueda de un empleo y sobre todo el alquiler de vivienda en comunidades donde habitan muchos niños, ya que, muchas personas verifican esta lista para obtener información de los posibles candidatos y al constatar que son delincuentes sexuales les niegan la oportunidad.
Ahora bien, si debe registrarse o no como delincuente sexual, la respuesta es que no. Sin embargo, dependiendo de las circunstancias bajo las cuales se perpetró el delito, el juez puede a su discreción ordenar dicho registro en ciertos casos. Aunque por lo general esta obligación no se adiciona a una sentencia condenatoria por este delito.
¿Un menor de edad puede ser procesado por Estupro?
Como lo habíamos afirmado en líneas anteriores los menores de edad también responden penalmente ante acusaciones de este tipo, la mayoría de los casos son escenarios donde existe una relación sentimental entre menores de edad y cada uno (si ambos actuaron de forma voluntaria y no hubo una parte obligada) será juzgado por su acción.
Estos casos serán competencia de los Tribunales de Menores cuyo sistema permite que el menor sea orientado y tratado a través de programas, pero no por ello debe restarle importancia a la situación legal, ya que en ocasiones un Juez de menores también puede prever encarcelamiento en un centro de corrección si las circunstancias bajo las cuales se cometió el delito se consideran de gravedad, observando siempre: la edad, y si el acusado posee antecedentes penales o no.
Algunas de las medidas alternativas al encarcelamiento en el caso de menores de edad pueden incluir las siguientes:
- Cumplimento obligatorio de servicio comunitario
- Asistencia obligatoria a clases de orientación y asesoramiento
- Pedir perdón a la víctima o sus familiares
¿Por qué existe responsabilidad penal cuando la relación sexual fue consensuada?
Legalmente hablando, la edad para dar consentimiento sexual es exclusivamente a partir de los 18 años, dicha regla tiene su fundamento en que los menores de esa edad no poseen discernimiento para distinguir entre lo correcto y lo indebido, por tanto, aunque la relación sexual haya sido consentida por las partes involucradas, las leyes consideran al menor incapaz de dar su consentimiento y en virtud de ello no se tiene como válido.
¿El derecho de denunciar este delito se extingue por la prescripción?
Antes de contestar la pregunta, primero es necesario que expliquemos de qué se trata la prescripción, así pues, la misma se define como una institución jurídica que hace cesar el derecho de iniciar una acción penal o civil en virtud del transcurso del tiempo. En palabras más simples, el paso del tiempo sin iniciar una acción provoca que el derecho de hacerlo se pierda.
Dicha institución jurídica se basa en el hecho de que muchas de las pruebas relevantes para la procedencia de una acusación (como es el caso del Estupro) deben ser recolectadas en un periodo de tiempo breve luego de ocurrido el delito, pues resulta ilógico formular una acusación pretendiendo que se esclarezca un hecho cuando las evidencias se perdieron con el transcurrir de tantos años.
Ahora bien, en el caso específico del delito de Estupro, la ley prevé el período de tiempo para que prescriba la acción, siendo este de 1 año si se trata de un delito menor, y de 3 años si se tiene como grave.
En esos términos, los fiscales deben formalizar sus acusaciones en el periodo de tiempo que prevé la ley para casos de este tipo, ya que de no hacerlo, un abogado defensor podría alegar la prescripción y por tanto la extinción de cualquier reclamo legal por el hecho que se pretende juzgar, estando el Juez en la obligación de desestimar la denuncia sin que se emita pronunciamiento alguno sobre la culpabilidad o no del acusado respecto al hecho punible.
¿Qué defensas puede aplicar un abogado criminalista en mi favor ante la Corte?
Existe muchas defensas que se pueden emplear a fin de combatir las acusaciones formuladas por Estupro, pero antes se deben evaluar los detalles específicos del hecho, ya que no todos los casos las defensas logran el éxito esperado, al analizar las circunstancias concretas, se puede determinar la más apropiada, de allí que se les denomine “estrategias de defensa” porque deben ser empleadas estratégicamente y no a la ligera.
Ahora bien, las siguientes son estrategias de defensa que se utilizan con mayor frecuencia en estos casos:
El acto sexual no se consumó
En ocasiones algunos padres exageran la situación y buscan responsabilizar a un individuo por acciones que simplemente no ocurrieron. Por ejemplo, que hayan encontrado a su hija de 17 en casa sola con un hombre de 20 años y sugestionaron el escenario, puede que estos fueran novios y estuvieren saliendo, pero no ocurrió el acto sexual en sí.
Lo que sucede en estos escenarios es que el Fiscal tiene la carga de probar que en efecto se consumó el acto sexual, es decir, es necesario que demuestre que hubo penetración aunque sea mínima, pero dado a que tal hecho en realidad nunca ocurrió, las pruebas suelen ser débiles o simplemente escasas y ahí entra la labor del abogado defensor de hacer énfasis y basar su defensa en que no existen pruebas que respalden que hubo una relación sexual entre el menor y el acusado, y de existir, señalar los puntos débiles que pudieran tener las mismas, a fin de desvirtuar los argumentos del Fiscal y convencer al jurado que el elemento principal del delito no está presente en el hecho.
Falsas acusaciones
Es muy común que los padres no estén de acuerdo con las relaciones amorosas de sus hijos, y muchas veces para tratar de distanciar a toda costa la relación buscan amedrentar con acusaciones de este tipo afirmando hechos totalmente falsos.
También se dan casos donde los propios menores aseveran acusaciones contra su expareja motivados en venganza, celos, y cegados por la rabia.
Bajo estos escenarios u otros similares, su abogado defensor podría argumentar que las acusaciones en su contra son falsas, pudiendo debilitarlas mediante argumentos que desacrediten la versión del Fiscal o presentar pruebas a su favor que pongan en evidencia las verdaderas intenciones de la contraparte, por ejemplo testigos que afirmen conocer el plan de la víctima, mensajes de texto o por redes sociales donde le amenacen de incriminarlo en un hecho punible, y cualquier otra que ayude a esclarecer la situación.
Usted pensó razonablemente que la víctima se trataba de una persona adulta y no de un menor de edad
Una acusación por Estupro no es procedente si usted creía que la víctima no era un menor de edad, sino que se trataba de un individuo con por los menos 18 años o más. Sin embargo, esta defensa no se limita sólo a alegarla, sino que su abogado defensor tiene la tarea de respaldar sus argumentos mediante pruebas suficientes para demostrar que su pensamiento o creencia era completamente razonable, para ello se puede valer de varios alegatos: apariencia física del menor, que le conoció en un bar en el que sólo tienen acceso los menores de edad, el propio menor le mintió sobre su verdadera edad, en el sitio web de citas aparecía que tenía 18 años, y cualquier otro contexto que pudo haber llevado al acusado a pensar que el menor era un adulto.
A fin de demostrar tales alegatos, su abogado en leyes criminales puede valerse de los siguientes medios probatorios: si usted conoció al menor en un bar cuyo acceso únicamente se permite a adultos, entonces se puede probar con testigos que pueden ser amigos que le acompañaron, o fotos y videos que capturaron al menor en ese sitio. Si se contactaron por un sitio web de citas puede tratar de recolectar toda la información a través de una captura de pantalla o “Screenshot” donde se aprecie que el menor indicó tener 18 años de edad. Y por último si la víctima mintió sobre su edad, puede probarlo con testigos que también le hayan escuchado, o mensajes de texto o mensajes a través de redes sociales donde el menor haya afirmado una edad distinta a la que realmente tiene.
Según sean las circunstancias en concreto, un buen abogado podrá encontrar la manera de demostrar al jurado que su pensamiento fue razonable, en cuyo caso, las acusaciones formuladas en su contra serían desestimadas y usted no sufriría sanciones de ningún tipo.
Conseguir un abogado criminalista en Los Angeles
Tomando en cuenta que el Estupro se trata de un delito de índole sexual y además que involucra menores de edad, una acusación por este cargo conlleva consecuencias bastante severas y en adición a ello es común que se imputen otros cargos, tal es el caso de la Sodomía (penetración anal) que también se castiga severamente. De manera que, su situación legal podría verse más compleja.
Si enfrenta acusaciones de esta índole, no dude en contactar inmediatamente a nuestro equipo legal The LA Criminal Defense Law Firm a través de nuestro número de teléfono 310-935-1675 para obtener la mejor defensa posible.