Los delitos de conducción, entendidos como una categoría, abarcan actos ilícitos que involucran la conducción imprudente o negligente de un vehículo automotor, donde dependiendo de su gravedad, son aplicadas determinadas sanciones, unas más severas que otras, pero que por lo general, incluyen pasar un periodo de tiempo en prisión, y/o pagar sumas de dinero por concepto de multas.
Dentro de los escenarios bajos los cuales frecuentemente se puede procesar a una persona por cargos de esta índole se incluyen: chocar otro auto o una propiedad privada y huir; conducir sin licencia válida, revocada, o suspendida; exceder la velocidad permitida, no detenerse cuando un oficial le da la voz de alto; atropellar a una persona y producirle la muerte, conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas, entre otros.
Si usted está enfrentando un cargo de este tipo, es importante que acuda a los abogados especialistas en el área, ya que las consecuencias legales que pueden derivar de una sentencia condenatoria son serias. Por esa razón no espere mucho tiempo para salir de esa situación legal y contacte a un abogado de delitos de conducción en Los Ángeles de nuestra firma de abogados The LA Criminal Defense Law Firm para que estudie su caso en concreto y determine las defensas más apropiadas.
¿Cuál es la clasificación que se le da a los delitos de conducción?
Podemos clasificar los delitos de conducción en dos categorías:
- Los considerados como graves o mayores; y
- Los considerados como menores
A continuación abordaremos cada uno de ellos.
1. Delitos de conducción que se consideran graves o mayores
Evidentemente este tipo de delitos refieren a los que causaron mayores daños o consecuencias considerablemente perjudiciales, por ejemplo, porque se destruyó propiedad, o peor aún, porque otro individuo resultó herido de gravedad o falleció producto de su conducción, y por ende, son severamente castigados por la ley. Dentro de la presente categoría se incluyen los siguientes:
Chocar y huir: abandonar el sitio donde ocurrió el hecho
Cuando usted choca un vehículo e impacta una propiedad ajena, el correcto proceder sería quedarse en el lugar y asumir de forma pacífica la situación, pero si en cambio, usted huye, las consecuencias de tomar esa decisión podrían llevarlo a que se le imponga una condena muy seria, ya que, obviamente, no es una conducta que la ley considere adecuada, de ahí que se califique usualmente como un delito grave.
Lo que la ley prevé en el escenario de que impacte su auto contra alguna propiedad ajena (que incluye otros vehículos) o cause lesiones personales, es que usted estacione su auto cerca del incidente y provea su información de contacto a todos los propietarios perjudicados en el hecho, independientemente de si usted considera que es culpable del accidente o no, así como también, debe contactar a servicios de emergencia inmediatamente. De no cumplir con dichas pautas su conducta puede acarrear consecuencias legales que, como ya sabemos, pueden ser bastante severas.
Homicidio vehicular
Es frecuente que nuestros clientes nos pregunten si es posible ir a prisión debido a que murió una persona en medio de un accidente de tránsito. Lo cierto es que todo dependerá de los detalles del hecho, y específicamente de si el conductor involucrado en el accidente manejaba con negligencia o de forma ilegal, caso en el cual es posible que enfrente un cargo por este delito, de lo contrario, no sería procedente una condena.
Dicho de otra forma, una persona incurre en el delito al que nos referimos cuando el accidente que ocasionó la muerte de la víctima, derivó de la conducción negligente o ilegal del conductor. La ley considera este delito como un asesinato sin malicia, en virtud de que el conductor no guardaba la intención de causarle la muerte a alguien, pues en estos casos lo que se castiga es la negligencia que ocasionó el trágico final.
Ahora bien, este hecho punible puede ser calificado como menor o mayor por cuanto constituye lo que legalmente se denomina un “wobbler” lo cual significa que se tambalea entre esas dos calificaciones, y para determinar bajo cuál de los dos tratamientos se procesará el delito, el criterio es únicamente del Fiscal de la acusación. Usualmente, el Fiscal observa los detalles específicos del caso y si el acusado posee o no antecedentes criminales, para llegar a una conclusión respecto a cómo se calificará el delito.
La gravedad de las consecuencias por incurrir en este delito que deriva siempre en un trágico final (la pérdida de una vida humana) es lo que hace que se encuentre dentro de la presente clasificación.
2. Delitos de conducción que se consideran menores
Como seguramente usted intuye, esta clasificación abarca delitos que en virtud de que su comisión no se generan consecuencias tan graves y que por tanto, son sancionados con menos rigurosidad. Sin embargo, no por ello se le debe restar importancia, todo lo contrario, debe consultar igualmente a un abogado de nuestro equipo, ya que, al no contar con una representación legal, se podrían ignorar aspectos legales que pueden complicar más su situación. Entre los delitos de esta clase se incluyen los siguientes:
Conducir con la licencia suspendida o revocada
Conducir con la licencia suspendida o revocada, es una acción que transgrede las normas de conducir. Sin embargo, para que usted pueda ser culpado de ello, usted debió haber sido notificado previamente de que su licencia estaba próxima a vencerse, le fue suspendida o revocada, por parte del Departamento de Vehículos Automotores mediante correspondencia física a su domicilio, o al último que tenga registrado en el sistema.
Conducir sin poseer licencia
Como es bien sabido, para conducir un vehículo automotor, es necesario que haya obtenido una licencia válida que le permita movilizarse en su auto, de lo contrario, si usted conduce un vehículo sin poseer una licencia que lo faculte para realizar tal actividad, podría enfrentar cargos dado que de dicha conducta constituye un hecho punible.
Sobre este hecho punible en específico, es preciso que señalemos dos aspectos legales importantes: el primero de estos; es que la licencia es válida siempre que se haya obtenido legalmente en cualquier Estado del país, es decir, no es necesario que se haya obtenido en California. Y el segundo; es que existen situaciones que se excluyen de la aplicación de sanciones por este delito; por ejemplo, un individuo no podría ser condenado en razón de este hecho punible si era un visitante, mayor de edad, y con licencia de conducir adquirida en el Estado donde reside.
Evadir a un oficial de policía
El hecho punible objeto de análisis implica eludir de forma intencional a un oficial de la policía que lleva las luces y la sirena encendidas mientras conducía un vehículo o una moto.
No obstante, para que usted sea objeto de una condena en razón del delito al que nos referimos, un Fiscal, además de su intención de huir, debe probar los siguientes elementos:
- Vehículo distintivo; es decir, que usted pudo distinguir por su logo, color, y demás características que se trataba de una patrulla y no un vehículo particular.
- Luz roja; que el agente policial haya encendido la luz roja de la patrulla.
- Uniforme distintivo; que el oficial estaba usando su uniforme policial.
- Sirena; es decir, que el oficial de la policía haya hecho sonar su sirena.
Conducir en exceso de velocidad
Conducir excediendo los límites de velocidad legalmente establecidos, es también un delito que hace parte de la categoría de delitos menores.
Son varios los límites de velocidad que prevén las leyes de California y todas se determinan según el lugar donde se esté conduciendo. En este sentido, se aplican las siguientes reglas:
- Si conduce en una calle pública con dos carriles no divididos: la velocidad máxima que se permite es de 55 mph;
- Si conduce en una autopista: la velocidad máxima es de 65 mph. Sin embargo, existen ciertas autopistas específicas donde se permite conducir a 70 mph;
- Si conduce aproximándose a intersecciones con poca visibilidad: la velocidad máxima establecida es de 15 mph;
- Si conduce en las cercanías de una escuela: la velocidad máxima es de 25 mph. Dicha medida se establece a fin de que se protejan a los menores de posibles lesiones o daños producto de un accidente.
En sí, una persona incurre en este delito cuando maneja su auto por encima de la velocidad legalmente permitida. No obstante, es necesario que se tomen en cuenta las circunstancias específicas del hecho que causó su acusación, tales como: las condiciones de visibilidad de la calle, el número de la población, el clima, la hora, y cualquier otro elemento que incidió en el hecho, esto a fin de determinar si la conducta del conductor fue razonable o no.
¿Cuáles son los posibles escenarios si incurro en uno de los delitos menores que se mencionaron?
Dependiendo de la gravedad de los hechos, y de la conducta que tome el conductor del vehículo, los escenarios que se pueden presentar son los siguientes:
- Que el oficial de policía decida sólo imponer una multa que, por lo general, es como se actúa cuando se trata de un hecho punible menor y el conductor mantiene una conducta pacífica y razonable, o
- Que usted sea arrestado y llevado a prisión.
En el segundo escenario existe la posibilidad de que posterior al arresto sea liberado por los oficiales de la policía sin enfrentar cargos, o sea liberado con aviso de comparecencia a una audiencia en la Corte en la que se le indicará día y hora en la que se llevará a cabo la misma, de hacer caso omiso del aviso, su situación legal podría volverse más compleja, y un Juez podría ordenar su arresto.
¿De qué se trata dicha audiencia? Durante el transcurso de la audiencia a usted se le leerán los cargos que le fueron formulados por el Fiscal de la acusación, le informarán sus derechos, y se exigirá que presente una declaración de inocencia, culpabilidad, o se abstenga de emitir un alegato en ese momento.
Lo siguiente dependerá de la opción que usted tome, si se declaró culpable deberá ir a la Corte para que un Juez le dicte una sentencia condenatoria. En el escenario de que apele a su inocencia, el Juez mediará entre las partes del proceso (acusado y Fiscal) para que se llegue a un acuerdo que impliquen la reducción de sus cargos y su aceptación sobre los mismos, y de no llegarse a un acuerdo se iniciará un juicio para determinar su culpabilidad en el hecho.
Es importante que, desde el inicio del antes dicho proceso, usted esté representado por un abogado especialista que defienda sus derechos, sobre todo, porque navegar su propia defensa asistiendo solo a ese tipo de audiencias puede complicar más su situación legal, ya que, al no conocer los aspectos legales del hecho que cometió, usted podría perjudicarse si acepta una condena o un acuerdo que no merece y que posiblemente, traiga efectos negativos a su vida, uno de ellos es que su licencia vaya a ser suspendida o revocada (lo que es común en casos de delitos de conducción).
¿Puede un delito menor convertirse en un delito grave?
Sí puede. La comisión de ciertos delitos específicos constituye un “wobbler” que, como lo señalamos anteriormente, significa que pueden ser tratados como hecho punible menor o grave a criterio del Fiscal. Para dicha determinación, la Fiscalía evalúa aspectos legales para fundamentar un cargo como delito grave, tales como, si el acusado posee antecedentes penales o no, si una persona resultó lesionada o falleció en el hecho, y otras circunstancias bajo las cuales ocurrió el hecho.
¿Qué sanciones son aplicables en virtud de una condena estos casos?
Las sanciones aplicables por incurrir en algún delito de esta índole, dependerán del tratamiento que imponga la ley para el delito en específico. A continuación, le señalamos las consecuencias legales que se imponen por los delitos que hemos abordado en este artículo:
Si el delito en el cual se incurrió es el de chocar y huir las sanciones dependerán de las consecuencias que se hayan producido en razón del incidente.
Si solo se produjeron daños materiales a la propiedad ajena, será considerado como un delito menor y las sanciones aplicables incluyen:
- Pena de prisión por hasta 6 meses; y/o
- Pagar una multa cuyo valor no exceda de $1.000.
Pero si en cambio, como resultado del accidente se ocasionaron lesiones corporales graves a otras personas, se considerará un “wobbler”, lo que quiere decir que puede ser procesado como delito menor o delito grave. En estos casos la severidad de la pena aumenta considerablemente en la siguiente medida:
Como delito menor:
- Pena de prisión por hasta 1 año; y/o
- Pagar una multa cuyo valor oscila entre $1.000 y $10.000.
Como delito grave:
- Pena de prisión por hasta 4 años; y/o
- Pagar multas cuyo valor se establece entre los $1.000 y $10.000
La rigurosidad de las penas antes señaladas depende de lo que considere el juez en razón del alcance de las lesiones que se produjeron.
En lo que respecta al homicidio vehicular las sanciones que se aplican dependerán de aspectos legales muy precisos: el grado de negligencia con el que actuó el conductor, o si el accidente fue ejecutado a propósito con la finalidad de conseguir una ganancia económica, por ejemplo, para reclamar el seguro del vehículo, y producto de ello falleció una persona.
En general, las sanciones que se aplican a este hecho punible, en el peor de los casos pueden llegar hasta los 6 años de prisión, y/o imposición de multas de máximo $10.000.
Por otro lado, las sanciones que establece la ley por conducir con una licencia suspendida o revocada, dependerán del motivo por el cual se le suspendió o revocó su licencia para conducir, la cual determinará qué sección del Código Vehicular infringió.
En términos generales, las sanciones pueden incluir tiempo en prisión que varía entre 10 días, 1 mes, 6 meses, y en el escenario de que sea la segunda violación de dicho estatuto, podría llegar a ser de 1 año. De igual forma, las multas que se imponen oscilan entre $300 y $1.000, pero si se trata de una reincidencia del delito (es la segunda vez condenado por infringir la norma) entonces la multas se establecen entre los $500 y $2.000.
Pero además se pueden incluir otras condenas tales como: libertad condicional informal de hasta 3 años como medida alternativa a la prisión, y en caso de haber manejado en estado de embriaguez la obligación de instalar un dispositivo de bloqueo de encendido que se conoce por sus siglas en inglés “IID” el cual es una especie de alcoholímetro que posee un mecanismo que impide operar su auto en cuyo caso supere el nivel de alcohol establecido.
Ahora bien, por conducir sin poseer licencia la ley puede imponer las siguientes sanciones:
- Pena de prisión de hasta 6 meses; y/o
- Multa cuyo valor no exceda de $1.000
Por evadir a un oficial de la policía las sanciones que incluye la ley comprenden:
- Privativa de libertad en una cárcel del condado por hasta 1 año;
- Libertad condicional;
- Pagar una multa cuyo valor no excede de $1.000;
- Pueden confiscar su vehículo hasta por 30 días; y/o
- Suspensión de su licencia para conducir por 1 año; pero si es su segunda sentencia por este cargo podría perderla por completo.
Y por último, conducir en exceso de velocidad, como en otros delitos que hemos analizado, las sanciones dependerán de ciertos aspectos legales. Pero en general, los castigos que impone la ley comprenden el pago de multas cuyo valor varía, agregar puntos al historial de conducir, y/o la suspensión de la licencia para conducir.
Cabe aclarar, que los puntos en el historial se aplican por delitos o infracciones cometidas, y la acumulación de estos conlleva la suspensión de su licencia.
¿Qué defensas puede emplear un abogado de leyes criminales en estos casos?
Que usted haya sido acusado por la comisión de un delito de esta índole no implica necesariamente que deba ser condenado por ello, esto solo conlleva a que se inicie un juicio donde su abogado podrá valerse de estrategias de defensa para dirimir su situación legal. No obstante, es importante señalar que una defensa no debe emplearse tan a la ligera, y por lo contrario, es necesario que se evalúe el caso en específico para determinar la más apropiada, de otro modo, no tendrá el éxito esperado y podría agravarse su situación legal.
Cada delito posee defensas específicas que, por ser tantas, hace que sea imposible que las abarquemos todas en tan pocos caracteres, sin embargo, por nombrar algunas se incluyen las siguientes:
- Falta de evidencia probatoria; la cual consiste en atacar la deficiencia probatoria sobre uno de los elementos necesarios para la procedencia de la acusación.
- Usted no tenía intención de evadir al oficial de policía, sino que no se dio cuenta que este le ordenó detener el vehículo.
- En caso de que sea acusado por homicidio vehicular, se podría alegar que su negligencia al conducir no fue la que causó la muerte de la persona.
- Usted no fue notificado de que la licencia le fue suspendida.
- En caso de chocar y huir se puede alegar que el único bien que sufrió daños fue su vehículo, de manera que no consideró necesario quedarse en el lugar de los hechos.
¿En qué se diferencia una infracción de un delito de conducción?
La diferencia entre estos dos términos deriva de la severidad con la cual son tratados. En ese contexto, las infracciones por ser solo faltas que se tratan solamente como agravios públicos, no llevan al cumplimiento de tiempo en prisión, sino que únicamente consisten en multas. Mientras que los delitos de conducción pueden ser penados con cárcel si el Juez así lo considera, siendo sus consecuencias más severas que las de una infracción.
Cabe señalar que, en el escenario en que la persona que fue objeto de una infracción no pague la multa, es muy probable que se presenten cargos, en cuyo caso, la infracción pasa a tratarse como un delito.
Conseguir un abogado en delitos de conducción en Los Ángeles, CA
Si actualmente está enfrentando una acusación por un delito de conducción, es importante que no se tome su situación a la ligera por más insignificante que parezcan ser las consecuencias, ya que, si no acude a una ayuda legal pronto, su situación legal se podría volver más compleja.
Cualquiera que sea el delito del cual se le acusa, por favor acuda rápidamente a un abogado en delitos de conducción de nuestra firma de abogados The LA Criminal Defense Law Firm que le ayude a entender su situación legal y trabaje en sus posibles defensas. Para agendar una consulta completamente gratuita puede llamar al 310-935-1675. ¡Luchamos arduamente cuando se trata de defender a nuestros clientes!